Sobre el Poder Ejecutivo
Sobre el Poder Ejecutivo
En la segunda década del siglo xxi los Estados de América del Sud se ordenan jurídicamente por una Constitución. Un código escrito que define la obediencia a reglas que asegurarían la determinación de las existencias en paz. Tales reglas, además, son discernidas y compuestas con bastante libertad po...
Título de la revista: | Revista derechos en acción |
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Autor: | Raul Gustavo Ferreyra |
Palabras clave: | |
Palabras clave traducidas: | |
Idioma: | Español |
Enlace del documento: | https://revistas.unlp.edu.ar/ReDeA/article/view/7531 |
Tipo de recurso: | Documento de revista |
Fuente: | Revista derechos en acción; No 11 (Año 2019). |
DOI: | http://dx.doi.org/10.24215/25251678e269 |
Entidad editora: | Universidad Nacional de La Plata |
Derechos de uso: | Reconocimiento - NoComercial - SinObraDerivada (by-nc-nd) |
Materias: | Ciencias Sociales y Humanidades --> Legislación Ciencias Sociales y Humanidades --> Administración Pública Ciencias Sociales y Humanidades --> Ciencias Sociales |
Resumen: | En la segunda década del siglo xxi los Estados de América del Sud se ordenan jurídicamente por una Constitución. Un código escrito que define la obediencia a reglas que asegurarían la determinación de las existencias en paz. Tales reglas, además, son discernidas y compuestas con bastante libertad por los representantes que obran por los ciudadanos –al menos, hasta cierto punto. Considero que las relaciones de igualdad social constituyen una asignatura pendiente. La exclusión, arraigada en un “fundamentalismo de mercado” que por momentos arrasa, resulta imperdonable y un escándalo para la razón, porque retrasa el desarrollo y deriva en crisis desastrosas. El poder es único, pero distinguible en diversas ramas. Si bien hay un solo poder del Estado, hay varios departamentos o agencias que intentan su ejercicio con éxito y frustración, los que corren parejos y en suerte diversa. Por ello, para ejercer el poder se hace necesario su desgajamiento armónico en ramas, cuyos órganos constituidos han de cumplir las actuaciones correspondientes. |
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Resumen traducido: | En la segunda década del siglo xxi los Estados de América del Sud se ordenan jurídicamente por una Constitución. Un código escrito que define la obediencia a reglas que asegurarían la determinación de las existencias en paz. Tales reglas, además, son discernidas y compuestas con bastante libertad por los representantes que obran por los ciudadanos –al menos, hasta cierto punto. Considero que las relaciones de igualdad social constituyen una asignatura pendiente. La exclusión, arraigada en un “fundamentalismo de mercado” que por momentos arrasa, resulta imperdonable y un escándalo para la razón, porque retrasa el desarrollo y deriva en crisis desastrosas. El poder es único, pero distinguible en diversas ramas. Si bien hay un solo poder del Estado, hay varios departamentos o agencias que intentan su ejercicio con éxito y frustración, los que corren parejos y en suerte diversa. Por ello, para ejercer el poder se hace necesario su desgajamiento armónico en ramas, cuyos órganos constituidos han de cumplir las actuaciones correspondientes. |